Señores
PRADO CORREDORES DE SEGUROS S.A.
Presente.-Estimados señores:
Les dirijo la presente para hacerles de conocimiento nuestra decisión de nombrarlos como Corredores de Seguros para efectuar la asesoría e intermediación de los seguros de todos los ramos.
Por lo tanto, se encuentran facultados para realizar los siguientes actos en nuestra representación que implica:
- Gestionar la solicitud del seguro, firmando para tal efecto la solicitud respectiva.
- Solicitar y/o aceptar las renovaciones de las pólizas de seguros
- Solicitar modificaciones a las pólizas de seguros.
- Presentar la documentación correspondiente para solicitar la cobertura del seguro en caso de siniestros.
- Presentar reclamos relacionados con las pólizas de seguros intermediadas.
- Designar al ajustador de siniestros.
Atentamente,
Firma Ricardo Morales Representante Legal
Mi Empresa SAC
ANEXO A LA CARTA DE NOMBRAMIENTO
Obligaciones del corredor de seguros
De manera previa al contrato de seguros:
- Asesorar sobre las coberturas más convenientes, informando al contratante y/o asegurado sobre las condiciones del contrato, que comprende la cobertura básica, coberturas adicionales, exclusiones, franquicias, deducibles o similares, forma y plazos para el pago de la prima, efectos de su incumplimiento, derechos y obligaciones del contrato de seguro, y en general, toda la información necesaria para que tome una decisión informada.
- Presentar un número suficiente de pólizas de seguro para formular una recomendación respecto de la póliza más adecuada a las necesidades del contratante y/o asegurado, a fin de que se tome una decisión informada.
- Informar a los contratantes y/o asegurados sobre el rechazo a la solicitud de seguro o las modificaciones de cobertura del riesgo propuesto.
- Requerir la autorización del contratante y/o asegurado para solicitar el seguro y firmar la solicitud respectiva.
Una vez aceptada la cobertura por la empresa de seguros:
- Verificar que la póliza remitida por la empresa de seguros al contratante contenga las coberturas solicitadas.
- Entregar a los contratantes y/o asegurados la información que ellos requieran sobre la póliza de seguros.
- Prestar asesoría durante la vigencia del contrato, sobre el contenido y condiciones de la póliza, así como sobre las obligaciones que debe cumplir para que las condiciones de cobertura se mantengan, de acuerdo con la naturaleza del producto.
- Proporcionar a las empresas de seguros información completa y relevante relativa a los bienes asegurados, estado real del riesgo e interés asegurable en el marco de las condiciones de la póliza.
- Comunicar de inmediato a las empresas de seguros, cualquier modificación del riesgo asegurado que le haya sido informado por el contratante y/o asegurado, que signifique una agravación o disminución del riesgo que pudiera repercutir en las condiciones de aseguramiento.
- Previa instrucción del contratante y/o asegurado, solicitar las renovaciones y las modificaciones a las pólizas de seguros.
Póliza de Responsabilidad Civil Profesional
Los corredores de seguros cuentan con una póliza de responsabilidad civil profesional que garantice el correcto y cabal cumplimiento de las responsabilidades asumidas en el ejercicio de las funciones y deberes de los corredores de seguros.
La póliza de responsabilidad civil profesional debe indemnizar por los perjuicios que pudieran ocasionar a los contratantes y/o asegurados en las pólizas que hayan intermediado, como consecuencia del incumplimiento de deberes y/u obligaciones, negligencia, impericia, errores u omisiones durante la ejecución de sus funciones.
El contratante, asegurado y/o beneficiario puede solicitar la cobertura de esta póliza de responsabilidad civil profesional cuando considere que la mala asesoría del corredor del seguro ha afectado la eficacia del seguro.
- PRADO Corredores de Seguros S.A.
- Código de Registro SBS N° J0655